Acude al despacho del trabajador social de Salamanca un matrimonio, Luis (36 años) y Sandra (30 años), ambos con nacionalidad española, residen en Salamanca. Hasta ahora él trabajaba en una empresa electrónica en la que cobraba 1800€ mensuales y ella era maestra en una guardería por lo que cobraba 1600€ mensuales. Hace un año tuvieron una hija, Ruth, al principio de la maternidad todo estaba correcto y pasado el periodo pertinente por baja de paternidad y maternidad, ambos padres se incorporaron de nuevo a su trabajo y la pequeña iba a una guardería.
Hace unos meses los padres de Ruth comenzaron a notar ciertas actuaciones en la niña que les parecían extrañas como gritos o llantos sin motivo, movimientos anormales en sus manos o hiperventilación, por lo que decidieron acudir al médico. El profesional de la salud diagnosticó a la pequeña Ruth Síndrome de Rett, ante el desconocimiento de esta enfermedad el médico les explicó que era una enfermedad rara genética que causa problemas en el desarrollo y en el sistema nervioso y afecta principalmente a niñas.
Los padres fueron informados de esto hace unas semanas, y actualmente se encuentran siguiendo las indicaciones del medico para tratar la enfermedad de Ruth, sin embargo, anímicamente se encuentran totalmente devastados ya que ha sucedido todo muy rápido y ha sido inesperado. En referencia a su situación laboral han solicitado una baja temporal pero temen no poder reincorporarse en mucho tiempo a su trabajo ya que su hija necesita cuidados las 24 horas del día.
Perdidos y sin saber que hacer deciden acudir al despacho de la trabajadora social del centro médico para encontrar algo de orientación.
Tras estudiar el caso con tiempo y detenimiento la trabajadora social les informa de las diferentes ayudas que les puede brindar:
En primer lugar, se aborda el tema del trabajo, la trabajadora social les informa de que a Sandra debido a que es funcionaria tiene el derecho a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquella, percibiendo las retribuciones íntegras con cargo a los presupuestos del órgano o entidad dónde venga prestando sus servicios (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre). Y por otro lado él, tiene derecho a una prestación económica que intentará amenizar monetariamente las consecuencias de su reducción de jornada laboral.
Por otro lado, les informa de que podrán solicitar la Ley de Dependencia y Protección de Niños y Niñas Menores de 3 Años lo que les brindará la posibilidad de optar a recibir ayuda a domicilio, prestaciones económicas e incorporación a los Servicios de Atención Temprana que ofrece la Conserjería.
Por otro lado y enfocándose esta vez en la parte emocional de este caso, la trabajadora social solicita atención psicológica para poder sobrellevar el trauma que supone esta situación para los padres y les propone acudir semanalmente a reuniones de un grupo de padres y madres (trabajo social con grupos) que están pasando por la misma situación, lo que puede hacer que se sientan más comprendidos y menos perdidos.
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